viernes, 11 de febrero de 2011

¿¿El gobierno revolucionario es cómplice de ataques a la salud del pueblo?

Javier Monagas Maita
En nuestro país se permite el libre expendio de refrescos gaseosos (que de paso son emblemas del capitalismo más aberrante.). No creo exista persona alguna que desconozca los efectos nocivos de estos refrescos. Desde el colorante que los identifica, hasta el CO2, todo es artificial, y en vez de favorecer el proceso de hidratación del organismo, lo que hace es contaminar y degradar las virtudes positivas del agua. http://html.rincondelvago.com/consumo-de-bebidas-gaseosas.html
http://www.clubplaneta.com.mx/cocina/danos_que_provoca_el_refresco.htm
La ingesta de refrescos produce: Dolor abdominal, Dispepsia, Indigestión y Acidez, Dolor Cólico, Estreñimiento, Diarrea, Flatulencia, Hernias, Cálculos, Gastritis, Enteritis, Apendicitis, Peritonitis, Hemorroides, Sangrado Rectal, Úlcera.
Además de las anteriores amenazas, esta comprobado científicamente que los colorantes de los refrescos, afecta la psiquis de las personas, alterando el equilibrio emocional, produciendo hiperquinesia y angustia, sobre todo en los niños. En las personas con Autismo, síndrome de rex y en Down. En estos tres últimos acelera los impulsos de auto agresión, que han conducido hasta auto mutilaciones. Realmente no hay ni una sola virtud positiva de los refrescos de gaseosa (Coca Cola, Pepsicola, etc.) además el gas Co2, produce arterosclerosis, un proceso de endurecimiento de las arterias y venas, que conduce a mediano plazo a infartos y otras enfermedades del corazón y del sistema circulatorio.
En Venezuela están establecidas las grandes corporaciones transnacionales de los refrescos. Es de saber que estas empresas capitalistas, han impulsado hasta golpes de estados en países como en Chile, Nicaragua, Honduras, Venezuela. Utilizado los capitales ganados en los países pobres, para crear fuerzas paramilitares que utilizan contra los trabajadores, casos como en Colombia, el mismo chile, en Argentina y últimamente Honduras. Contra los indígenas, en el mismo Chile, Argentina, Colombia, Perú, Bolivia, ecuador, Panamá.
Las transnacionales de los refrescos, consumen un alto volumen de aguas, aguas que les es negada a los pueblos que la necesitan en su estado natural para la sustentación de sus condiciones de vida básicas, además contaminan con sus residuos industriales una cantidad mayor a la que consumen, convirtiéndose de esa manera, en grandes depredadores del vital liquido para la vida. Preguntémonos ¿Si la generación de empleos y los impuestos, que hacen estas industrias valen la pena comparado con el daño directo y colateral que producen?
Siendo que estas empresas para sostenerse necesitan engañar a la colectividad con propaganda mal intencionado, ofertando bondades de un producto, que no son reales, que contrariamente son de alto daño humano, son necesarias en una sociedad humanista y que vele por el bienestar y salud del pueblo. Permitir el libre consumo y producción de estos refrescos, es semejante a permitir el libre comercio y producción de las perores drogas existentes. La constitución de la república Bolivariana de Venezuela. Artículo 83, Artículo 84, Artículo 85,
La CRBV en sus artículos: 6 y 7. Artículo 83. La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República.
En vista que los expendios y fabricación de refrescos gaseosos, son contrarios a lo estipulado en el artículo 83 de la CRVB, me pregunto ¿Por qué se le permite atentar contra la salud del pueblo y violar la norma constitucional abiertamente? Si el estado gasta inmensas sumas de dinero en un sistema de salud publico, ¿Por qué se permite la venta de un producto que es dañino a la salud?, ¿no es eso como alimentar al enemigo del pueblo?
Ley Orgánica para la Prestación de los Servicios de Agua Potable y de Saneamiento: Los principios que rigen esta ley son entre otros:
• Preservación de la salud pública, el recurso hídrico y el ambiente.
• Acceso de todos los ciudadanos a la provisión de los servicios de Agua Potable y de Saneamiento. Así mismo el código civil Art 2990, Ley Penal de Ambiente, artículos: 28 al 53, Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
• Ley de Gestión de la Diversidad Biológica,
Todas esas normas están relacionadas con el uso y protección de las aguas, sus nacientes y su preservación y garantías de acceso para el pueblo. Si el agua es alterada en su esencia, pierde las propiedades saludables que la hacen necesarias para la preservación de la vida. Entonces la industria de los refrescos gaseosos, atenta contra la vida misma, por lo que el estado venezolano está obligado a garantizar ese derecho a todos y restituir las violaciones que se vienen haciendo desde hace ya bastante tiempo por las transnacionales capitalistas insalubres del refresco.
Javiermonagasmaita@yahoo.es javierdelvallemonagas@gmai.com
http://planetaenpeligro.blogspot.com/ lo que será

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