Javier Del Valle
Monagas Maita
Se aclaran las aguas. El plan narco terrorista - sanguinario en Venezuela, no es para
sacar al gobierno de Nicolás Maduro e imponer una dictadura pro yanqui, nada más.
Va más allá. Lo que se persigue es la desaparición
del Estado venezolano como un ente jurídico único de la nacionalidad venezolana
y la muerte de todos los que profesen las ideas de liberación y anti
imperialismo en esta patria (Chavismo) para tal fin, los instrumentos oligárquicos
colombianos, hacen su aporte, suministrando las fuerzas irregulares armadas y
organizadas para sembrar el terror con armas sofisticadas, camufladas como de
supuesta fabricación caseras. Es una forma muy sutil, de generar muerte e
impedir a la vez una respuesta armada oficial, bajo el falso disfraz de
protestas pacíficas -pero que incendian, destruyen, asesinan y acosan-. El paramilitarismo
colombiano asesina a fichas claves dentro de las marchas opositoras, que luego
son usadas por el aparato de propaganda
imperialista, para acusar al estado venezolano y acorralar al gobierno
en el escenario mundial. Mientras por otro lado asesina hombres y mujeres de los cuerpos de seguridad
y ejército, con franco tiradores muy entrenados, a la vez, la burguesía criolla,
aporta dineros y bienes para abastecer a las fuerzas mercenarias, mientras estrangulan el mercado de consumo con escasez
artificial de productos de primera necesidad, medicinas, saboteo a los servicios
públicos y otras ramas de la economía. Al punto de convertir el dinero del pueblo
en algo sin valor.
Estratégicamente, van avanzando las etapas de terrorismo,
asesinatos y acoso contra la nación, contra sus instituciones, el pueblo y su
gobierno.
Y no se trata solo de actos terroristas y sanguinarios contra sus
propios militantes y contra el pueblo
chavista, sus dirigentes, la Guardia Nacional y la Policía Nacional Bolivariana. Ahora avanzan hacia la toma de posiciones
claves para estrangular la economía sobreviviente del país e impedir la distribución
de los productos básicos producidos en el país e importados para la población. Además de formar
bases de fuerza y ataque que consoliden un poder paramilitar armado que desintegre
al estado venezolano
http://www.laiguana.tv/articulos/59119-video-bandas-paramilitarismo-en-venezuela-para-generar-terror
Ya el Sion imperio yanqui se quitó la máscara. Ahora solo cuidan sus intereses. No les importa el orden jurídico y legal
internacional o de otras naciones en particular. Solo usan la retórica, a veces
hasta absurda para justificar sus crímenes.
Su único fin, es colonizar, robar, saquear y masacrar. Está demostrado que a ellos solo los detiene
la fuerza militar y organizada de los
pueblos armados y unidos.
A mi manera de entender, ya en esta etapa, la fuerza militar debe
asumir su función frontal de frente al enemigo paramilitar. Noten que los
mercenarios paramilitares ya atacan los cuarteles y comandos de la policía militarizada. Los cabecillas de la
rebelión armada terrorista deben ser apresados, sin importar la opinión externa.
De no hacerlo así. Solo debemos voltear para la noble Siria. Es preferible forzar
la barra y hacer que los parásitos colombianos – oligarquía- demuestren si
tienen bolas para una guerra frontal contra Venezuela.
Creo que es momento de estudiar con urgencia lo procedente de los artículos
337, 338, 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Ningún
imperio asesino, ni la burguesía enferma y traidora, acabaran nuestro sueño en construcción.
‘
Artículo
337 El Presidente o Presidenta de la República, en
Consejo de Ministros, podrá decretar los estados de excepción. Se califican
expresamente como tales las circunstancias de orden social, económico,
político, natural o ecológico, que afecten gravemente la seguridad de la
Nación, de las instituciones y de los ciudadanos y ciudadanas, a cuyo respecto
resultan insuficientes las facultades de las cuales se disponen para hacer
frente a tales hechos. En tal caso, podrán ser restringidas temporalmente las
garantías consagradas en esta Constitución, salvo las referidas a los derechos
a la vida, prohibición de incomunicación o tortura, el derecho al debido
proceso, el derecho a la información y los demás derechos humanos intangibles.
Artículo 338
Podrá decretarse el estado de alarma cuando se produzcan catástrofes,
calamidades públicas u otros acontecimientos similares que pongan seriamente en
peligro la seguridad de la Nación, o de sus ciudadanos y ciudadanas. Dicho estado
de excepción durará hasta treinta días, siendo prorrogable hasta por treinta
días más. Podrá decretarse el estado de emergencia económica cuando se susciten
circunstancias económicas extraordinarias que afecten gravemente la vida
económica de la Nación. Su duración será de hasta sesenta días, prorrogable por
un plazo igual. Podrá decretarse el estado de conmoción interior o exterior en
caso de conflicto interno o externo, que ponga seriamente en peligro la
seguridad de la Nación, de sus ciudadanos y ciudadanas, o de sus instituciones.
Se prolongará hasta por noventa días, siendo prorrogable hasta por noventa días
más. La aprobación de la prórroga de los estados de excepción corresponde a la
Asamblea Nacional. Una ley orgánica regulará los estados de excepción y
determinará las medidas que pueden adoptarse con base en los mismos.
Artículo 339
El decreto que declare el estado de excepción, en el cual se regulará el
ejercicio del derecho cuya garantía se restringe, será presentado, dentro de
los ocho días siguientes de haberse dictado, a la Asamblea Nacional o a la
Comisión Delegada, para su consideración y aprobación, y a la Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para que se pronuncie sobre su
constitucionalidad. El decreto cumplirá con las exigencias, principios y
garantías establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. El Presidente o Presidenta
de la República podrá solicitar su prórroga por un plazo igual, y será revocado
por el Ejecutivo Nacional o por la Asamblea Nacional o por su Comisión
Delegada, antes del término señalado, al cesar las causas que lo motivaron. La
declaración del estado de excepción no interrumpe el funcionamiento de los
órganos del Poder Público.’
Confió plenamente en las autoridades del
gobierno bolivariano, pero eso no impide hacer sugerencias en base a nuestras percepciones y
reconocimiento de las verdades del mundo que nos rodea y de los enemigos que
nos acosan. Tengo plena confianza en que
venceremos estos tiempos negativos que nos imponen los demonios imperialistas sanguinarios
que odian la libertad y la soberanía de los pueblos. No es la primera vez que
esta gloriosa patria venezolana, debe combatir a imperios asesinos y los hemos
vencido
VENCEREMOS!
*Abogado con Patria
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